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¿Te perdiste el grandfathering del EB-5? Ahora la fecha que importa es el 1 de enero

Ilustración editorial: calendario con una fecha límite marcada

Hay una fecha que estuvo en todos los correos del sector este año: el 30 de septiembre de 2026, último día para presentar una petición EB-5 con la protección de grandfathering. Si estás leyendo esto con la esperanza de alcanzarla, vamos a decirte algo que casi nadie dice: en la práctica ya no da el tiempo. Y está bien saberlo ahora, porque hay una segunda fecha que sí puedes alcanzar y que mueve tu presupuesto mucho más que la primera.

Esta pieza no vende una carrera contra el reloj. Explica qué se protege con el grandfathering, por qué el expediente no se arma en días y cuál es el plazo que realmente decide cuánto vas a pagar. Si recién empiezas, conviene leer antes la guía completa de la visa EB-5 y la tabla de cuánto cuesta realmente una visa EB-5.

Qué protegía el grandfathering del 30 de septiembre de 2026

El grandfathering es la regla que conserva la continuidad de tu petición: si alcanzas a presentarla dentro de la ventana, tu caso mantiene los términos con los que lo presentaste, incluso si más adelante cambian las condiciones del programa. No es un beneficio migratorio adicional ni un atajo: es una protección de continuidad para quien ya invirtió y ya está dentro del proceso.

Es una figura que la industria migratoria viene siguiendo desde la reforma de 2022, y las firmas especializadas que llevan el calendario del EB-5 ubican el 30 de septiembre de 2026 como el último día para presentar con esa protección. Nosotros lo tomamos como dato de calendario del sector, no como un comunicado de USCIS, y así conviene leerlo siempre.

Lo importante para ti es la parte práctica: esa protección no se activa por leer la noticia, se activa presentando una petición completa. Y ahí está el problema.

Por qué el 30 de septiembre ya no es alcanzable

Presentar una petición EB-5 no es llenar un formulario. Antes de que exista algo que enviar, tienen que estar resueltas tres cosas que no dependen de tu velocidad, sino del calendario de terceros:

  1. La suscripción al proyecto. Eliges la opción de inversión, revisas y firmas los documentos de suscripción, y el centro regional completa su proceso de admisión, que incluye verificación del inversionista y del origen de los fondos.
  2. El expediente de origen de fondos. Escrituras, estados de cuenta, declaraciones, contratos y la ruta completa de cada dólar desde su origen hasta la cuenta que transfiere. Si tu patrimonio viene de una venta de inmueble, de la venta de una empresa o de ingresos de varios años, esto toma meses, no días.
  3. La transferencia internacional del capital. El dinero tiene que llegar al proyecto desde una cuenta bancaria en tu país, con su rastro documental. Logística bancaria, límites, traducciones y revisión legal: otra vez tiempo.

A eso se suma que un abogado migratorio serio no presenta un caso que no está listo, y que la vía de presentar a las carreras suele terminar en un requerimiento de evidencia que retrasa todo. Si no tienes ya el proyecto elegido y el origen de fondos documentado, la fecha del grandfathering no es tuya. Reconocerlo a tiempo vale más que perseguirla.

Qué pasó el 30 de septiembre (y por qué el programa no se cerró)

Conviene decirlo con todas las letras, porque el titular fácil apunta en la dirección contraria: la fecha se cerró, el programa no. La agencia sigue publicando lo mismo que publicaba antes —las visas de inmigrante del programa de centros regionales están autorizadas hasta el 30 de septiembre de 2027— y los requisitos de elegibilidad no cambiaron.

Lo que se dejó atrás no fue un derecho a invertir ni una regla: fue una protección de continuidad, un seguro contra un escenario concreto —que el Congreso no extienda el programa después de 2027—. Quien presenta hoy entra a un programa activo, bajo las mismas reglas que regían un mes antes. Y si ese escenario de 2027 te preocupa, hay argumentos verificables para no sobrerreaccionar: los repasamos en la renovación del programa EB-5 en 2027.

Dicho eso, tu decisión no cambia por el seguro: cambia por el precio. Y de eso sí hay fecha.

La fecha que sí importa: 31 de diciembre de 2026

Aquí está el punto que cambia tu presupuesto. Los montos de inversión del EB-5 no son fijos: la ley ordena que se ajusten por inflación de forma automática.

«For petitions filed on or after March 15, 2022, those amounts are $1,050,000 or $800,000 if investing in a TEA or infrastructure project, and will automatically increase January 1, 2027, and every 5 years thereafter.»

— USCIS — Policy Manual, Vol. 6, Part G, Chapter 2

Léelo como una regla de negocio: una petición presentada antes del 1 de enero de 2027 se evalúa con los montos vigentes hoy (USD 800.000 en TEA o infraestructura; USD 1.050.000 en zona estándar). A partir del 1 de enero de 2027 entra el ajuste.

Y para que no quede ninguna duda de dónde viene ese cambio: el ajuste es consecuencia de la ley, no una decisión nuestra. Nosotros no fijamos montos, no los subimos ni podemos evitar que suban. Lo único que está en tus manos es la fecha de presentación. Puedes ver el detalle en el ajuste por inflación del EB-5 de enero de 2027.

Por qué hay que decidir ahora y no en diciembre

La conclusión natural es «entonces presento el 30 de diciembre». Es exactamente el error que queremos que evites, por una razón simple: el expediente que se presenta en diciembre se empieza a armar en septiembre.

Trabaja hacia atrás. Si el origen de fondos toma meses, la traducción de documentos toma semanas y la suscripción al proyecto tiene sus propios tiempos internos, empezar en diciembre significa llegar a enero con el expediente a medias. La fecha límite se convierte entonces en la peor excusa para apurar un caso que sostiene una inversión de seis cifras.

Decidir ahora no significa invertir mañana: significa ordenar la información y la ruta ahora, para que la presentación ocurra cuando el caso esté sólido y antes del 1 de enero de 2027.

Qué hacer esta semana

  1. Confirma que la EB-5 es tu ruta. Si tu país tiene tratado y tu plan es operar un negocio propio, la visa E-2 se evalúa con otra lógica; si tu objetivo es la residencia permanente, la EB-5 es la conversación.
  2. Ordena el origen de fondos. Reúne lo que tengas y anota los huecos antes de que alguien más los encuentre.
  3. Pon en regla la estructura. Si vas a invertir a través de una empresa, revisa tu LLC constituida en Estados Unidos, su EIN y tus obligaciones anuales: son la base del expediente.
  4. Conoce las opciones de proyecto y de abogado en una sola conversación, sin recorrer cinco oficinas por tu cuenta.
  5. Define la fecha meta: presentar antes del 31 de diciembre de 2026.

Preguntas frecuentes

¿Todavía puedo alcanzar el grandfathering del 30 de septiembre de 2026?

Salvo que ya tengas el proyecto suscrito y el origen de fondos documentado, no: la petición exige suscripción al proyecto, expediente financiero y transferencia internacional, y eso toma meses, no días. Reconocerlo a tiempo permite concentrarte en la fecha siguiente.

¿Qué pasa si presento después del 1 de enero de 2027?

Tu petición se evalúa con los montos ajustados por inflación que ordene la ley. El ajuste es automático y no lo decide ninguna empresa: por eso la fecha de presentación es la única variable que puedes controlar.

¿El ajuste de enero es un aumento que cobra Easy Business Solutions?

No. El ajuste nace de la ley que reformó el programa en 2022 y lo aplica la autoridad. Nosotros no fijamos los montos de inversión, y ningún intermediario puede evitar que entren en vigor.

¿Cuánto tiempo toma armar el expediente antes de presentar?

Depende de la complejidad de tu patrimonio y de los documentos que haya que traducir y trazar, pero se mide en meses. Empezar en diciembre para presentar en diciembre no es un plan: es un riesgo.

Este artículo forma parte del clúster de visas e inversiones. Ahí están reunidas todas las guías del tema, incluidas las de las visas E-2 y EB-5.

Por qué Easy Business Solutions

Somos una empresa estadounidense fundada en julio de 2022, y el equipo que la integra acumula más de 500 empresas constituidas en EE. UU., sumando su experiencia previa y las que hemos registrado desde entonces. Nacimos con un compromiso simple: ayudar a emprendedores de México, Latinoamérica y España a llevar su negocio a Estados Unidos facilitándoles la vida. Por eso reunimos todo lo que puedes necesitar bajo un mismo techo —constitución, EIN, ITIN, dirección, banca, cumplimiento y presencia digital— hasta construir el ecosistema más completo alrededor de esta idea.

Hacer negocios en Estados Unidos es más sencillo de lo que parece. No necesitas ser abogado ni contador, ni aprenderte el sistema: para eso nos tienes. Nos ocupamos de que tu empresa esté siempre al día y en regla con el estado y con el fisco estadounidense, y tú te dedicas a hacer crecer tu negocio.

Dos cosas nos diferencian de la mayoría:

  • Atención humana, de verdad. La industria se está automatizando y cada vez más empresas responden solo por email, con plazos de hasta 48 horas. Nosotros no: estamos disponibles en email, WhatsApp y videollamada, y siempre te atiende un asesor que conoce tu caso.
  • Transparencia de precios. Hay ofertas que muestran una tarifa de entrada muy baja y después cobran por separado documentos que también vas a necesitar; al final terminas pagando lo mismo o más. Nuestros planes publican el total desde el principio, con el fee de pasarela a la vista.

Nuestros valores son honestidad, profesionalismo, conveniencia y transparencia, y los aplicamos igual si estás creando tu primera empresa o si ya operas y quieres ordenar tu cumplimiento.

¿Quieres saber qué necesitas y cuánto cuesta en tu caso? Agenda una asesoría gratuita o revisa los planes de creación de empresas. Y si prefieres escribirnos, estamos en WhatsApp.

La fecha que importa ahora es el 31 de diciembre

Si la fecha que buscabas ya no es alcanzable, la siguiente sí se puede planear: presentar antes del ajuste del 1 de enero de 2027. En una sola conversación revisamos tu perfil, tu capital y tu calendario real de documentación, y te mostramos las opciones de proyecto y de representación legal disponibles para tu caso. El ajuste viene de la ley, no de nosotros; la fecha de presentación sí depende de ti.

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Aviso importante. Este contenido es información general y no constituye asesoría legal, fiscal ni migratoria. La EB-5 es un programa de inversionista: toda inversión implica riesgo, incluido el riesgo de no recuperar el capital invertido. No garantizamos el resultado de ningún proyecto, la devolución del capital, rendimiento alguno ni la aprobación de una petición migratoria: esas decisiones corresponden al proyecto, a sus promotores y a USCIS. Cada caso debe evaluarse con un abogado migratorio con licencia. Los montos, plazos y condiciones citados corresponden a la normativa vigente en la fecha de publicación y pueden cambiar.